BOPV nº 52 · 2026-03-17 · Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales
RESOLUCIÓN de 11 de febrero de 2026, de la directora general de Osalan-Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria, para la concesión de subvenciones destinadas a entidades que impartan formación de Nivel Básico para la capacitación de delegadas y delegados de Prevención, en la Comunidad Autónoma del País Vasco, para el ejercicio 2026.
Osalan-Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales (en adelante, Osalan), conforme a la Ley 7/1993, de 21 de diciembre, de creación de Osalan-Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales, modificada por la Ley 10/1997, de 27 de junio, es un organismo autónomo administrativo, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, adscrito al Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social, en la actualidad Departamento de Economía, Trabajo y Empleo. Entre sus funciones se encuentra la de programar, organizar y desarrollar planes y cursos de formación en relación con la seguridad, higiene y salud laborales, según establece el artículo 4.1.h) de la citada Ley de creación. Osalan, en consonancia con lo encomendado en la Sección III («Formación para la Prevención») del Acuerdo Interprofesional en Materia de Salud y Prevención de Riesgos Laborales en la Comunidad Autónoma del País vasco (en adelante CAPV) suscrito el 11 de diciembre de 1997 (BOPV n.º 17, de 27 de enero de 1998)., convoca, para el ejercicio 2026 y en los términos que se detallan en el anexo, a las entidades públicas o privadas que vayan a impartir cursos de Nivel Básico para la capacitación de los delegados y delegadas de Prevención, para que soliciten el derecho a percibir la subvención contemplada en la presente Resolución. Esta convocatoria se realiza para propiciar la formación de nivel básico de los delegados o delegadas de prevención, representantes de las trabajadoras y los trabajadores, que tienen funciones específicas en materia de prevención de riesgos laborales en el trabajo. De tal modo que, con esos conocimientos normativos y técnicos, puedan colaborar con la dirección de las empresas en la mejora de la acción preventiva y promuevan y fomenten la cooperación de los y las trabajadoras en la aplicación de la normativa sobre Prevención de Riesgos Laborales. Y, especialmente, que ejerzan, entre otras, una labor de vigilancia y control sobre el cumplimiento de la normativa de Prevención de Riesgos Laborales además de ser consultados, con carácter previo, por la empresa atendiendo al art. 33 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. La formación presencial continúa siendo prioritaria para el personal delegado de prevención ante la posibilidad de interrelación que tiene el colectivo en las actividades formativas y ante la heterogeneidad que presenta. Ahora bien, se mantiene la posibilidad de que la formación se imparta online de forma potestativa y no obligatoria tanto para el personal delegado de prevención, como para las entidades públicas y privadas objeto de esta resolución. La presente convocatoria encuentra su amparo en la línea de subvención10, del objetivo estratégico 9 del vigente «Plan Estratégico de Subvenciones (PES) de Osalan-Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales para el periodo 2025-2028», aprobado por la Orden de 4 de febrero de 2025 del Vicepresidente segundo y Consejero de Economía, Trabajo y Empleo y publica