BOPV nº 68 · 2026-04-14 · Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno

RESOLUCIÓN 46/2026, de 9 de abril, del director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo por el que se resuelve el Convenio suscrito, el 27 de diciembre de 2024, con el Colegio Vasco de Economistas y el Instituto de Censores Jurados de Cuentas-Agrupación Territorial del País Vasco, para la prestación del servicio de mediación hipotecaria solicitada por los grandes tenedores de vivienda.

Habiéndose suscrito por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco el Acuerdo por el que se resuelve la resolución del Convenio referenciado, a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Acuerdo por el que se resuelve el Convenio suscrito el 27 de diciembre de 2024 con el Colegio Vasco de Economistas y el Instituto de Censores Jurados de Cuentas-Agrupación Territorial del País Vasco, para la prestación del servicio de mediación hipotecaria solicitada por los grandes tenedores de vivienda, que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 9 de abril de 2026. El director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, JON IÑAKI URBINA GARCÍA DE VICUÑA. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 46/2026, DE 9 DE ABRIL, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO ACUERDO DE 18 DE FEBRERO DE 2026 POR EL QUE SE RESUELVE EL CONVENIO SUSCRITO A 27 DE DICIEMBRE DE 2024, POR EL DEPARTAMENTO DE VIVIENDA Y AGENDA URBANA, EL COLEGIO VASCO DE ECONOMISTAS Y EL INSTITUTO DE CENSORES JURADOS DE CUENTAS-AGRUPACIÓN TERRITORIAL DEL PAÍS VASCO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE MEDIACIÓN HIPOTECARIA SOLICITADA POR LOS GRANDES TENEDORES DE VIVIENDA REUNIDOS : Denis Itxaso González, consejero de Vivienda y Agenda Urbana, en virtud del Decreto 27/2024, de 24 de junio, del lehendakari, de nombramiento del consejero de Vivienda y Agenda Urbana, el artículo 13 del Decreto 18/2024, de 23 de junio, del lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y el artículo 3.3.d) del Decreto 411/2024, de 3 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Vivienda y Agenda Urbana. Cristina Andrés Urarte, presidenta del Colegio Vasco de Economistas. Mercedes Pascual Maestre, presidenta de la Agrupación Territorial del País Vasco del Instituto de Censores Jurados de Cuentas. COMPARECEN Y EXPONEN: Primero La Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el Derecho a la Vivienda, modificó la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, para exigir a los grandes tenedores de vivienda que pretendan presentar una demanda que pueda determinar el lanzamiento de una persona o familia en situación de vulnerabilidad económica un intento previo de conciliación o intermediación. Así, requería a los grandes tenedores, que para presentar una demanda en los juzgados que pudiera suponer el desahucio de personas de su vivienda habitual, se realizase primero, un estudio de vulnerabilidad económica y segundo se procediera a una mediación previa. Segundo Con el objetivo de establecer el marco de colaboración entre las partes firmantes para ofrecer un servicio de mediación hipotecaria entre personas deudoras y acreedoras y dar adecuada atención a las personas y hogares af

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