BOPV nº 71 · 2026-04-17 · Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno
ORDEN de 31 de marzo de 2026, de la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, por la que se convoca proceso selectivo para constituir una relación de personas candidatas propia de la Comunidad Autónoma de Euskadi para la provisión, mediante nombramiento interino, de puestos reservados a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional de la subescala de Secretaría-Intervención en las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
De conformidad con el artículo 92 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, son funciones públicas necesarias en todas las corporaciones locales, cuya responsabilidad administrativa está reservada a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, la de secretaría, comprensiva de la fe pública y el asesoramiento legal preceptivo, así como el control y la fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria, y la contabilidad, tesorería y recaudación. El Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, regula en su artículo 53 los nombramientos interinos, como forma de provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Adicionalmente, este artículo señala que las Comunidades Autónomas podrán constituir, en su ámbito territorial, relación de personas candidatas propia para la provisión, con carácter interino, de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Para la constitución de dicha relación, la Comunidad Autónoma podrá convocar la celebración de las correspondientes pruebas de aptitud, con respeto a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. En cualquier caso, de conformidad con lo establecido en el artículo 53.2 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, para la constitución de la mencionada relación de personas candidatas, se dará preferencia a quienes sean aspirantes que hayan aprobado algún ejercicio de las pruebas de acceso a la subescala correspondiente. No obstante, el nombramiento de personal funcionario interino previamente seleccionado por la Comunidad Autónoma solo se efectuará cuando la corporación local no proponga a personal funcionario previamente seleccionado por ella. Se ha de resaltar que actualmente existe un gran número de puestos vacantes reservados a este personal funcionario, principalmente por las jubilaciones que se están produciendo en los últimos años y la falta de relevo generacional de nuevo personal funcionario con habilitación, por lo que se hace muy difícil que los puestos de trabajo pertenecientes a la escala de habilitación nacional sean desempeñados por personal que tenga la habilitación, debiéndose acudir, por tanto, en numerosas ocasiones, a la figura del nombramiento interino, ya que se hace necesario cubrir los puestos con habilitación de carácter nacional, que son de carácter necesario, en las entidades locales. Por lo expuesto, se estima preciso convocar un proceso selectivo para la elaboración de una relación de personas candidatas para la provisión temporal de puestos de trabajo reservados a personal funcionario con habilitación de carácter nacional, subescala de Secretaría-Intervención, mediante nombramiento interino. Por todo ello, d