BOPV nº 74 · 2026-04-22 · Movilidad Sostenible

ORDEN de 15 de abril de 2026, de la consejera de Movilidad Sostenible, por la que se acuerda el inicio del procedimiento de revisión y adaptación del Plan Territorial Sectorial de la Red Ferroviaria de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

El ferrocarril constituye un elemento estratégico para avanzar hacia un modelo de movilidad más sostenible, eficiente y socialmente equitativo. En un contexto marcado por los compromisos internacionales en materia climática, resulta imprescindible dotar al sistema ferroviario vasco de una planificación territorial actualizada que garantice su adecuada integración, su capacidad de respuesta ante nuevas demandas y su contribución a la cohesión social y territorial. Todo ello permitirá reforzar su papel como infraestructura esencial de la movilidad colectiva y del transporte público. El Plan Territorial Sectorial (PTS) de la Red Ferroviaria de la Comunidad Autónoma de Euskadi fue aprobado definitivamente mediante el Decreto 41/2001, de 27 de febrero, y ha servido desde entonces como instrumento de ordenación para definir las actuaciones y el desarrollo de la red ferroviaria, estableciendo reservas de suelo y condicionando la planificación urbanística. Posteriormente, fue objeto de una modificación aprobada mediante Decreto 34/2005, de 22 de febrero, relativa a la ordenación ferroviaria en el área del Bilbao Metropolitano y otros municipios. Transcurridos más de veinte años desde su aprobación, se hace necesaria su revisión con el fin de actualizar y definir las actuaciones de implantación y desarrollo de la infraestructura ferroviaria en la CAE, ordenar adecuadamente el suelo afectado y coordinar la planificación autonómica con las actuaciones previstas en la red ferroviaria transeuropea. Esta revisión debe alinearse con las Directrices de Ordenación Territorial (DOT) de la Comunidad Autónoma de Euskadi, aprobadas definitivamente en 2019, que representan una nueva generación de planificación más consciente de los retos climáticos y de sostenibilidad, así como con la estrategia de movilidad de la CAE. Asimismo, el Decreto 128/2019, de 30 de julio, por el que se aprueban definitivamente las DOT, establece expresamente la necesidad de elaborar este Plan. En cumplimiento de estos mandatos y de conformidad con la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, el Departamento de Movilidad Sostenible iniciará la elaboración del nuevo Plan Territorial Sectorial de la Red Ferroviaria, concebido como instrumento planificador y regulador de la intervención sectorial y urbanística necesaria para el desarrollo de la red. El objeto concreto del procedimiento es la revisión y adaptación del PTS vigente. De acuerdo con la Disposición Adicional Primera de la Ley 4/1990, el nuevo PTS deberá tramitarse conforme al procedimiento previsto para los Planes Territoriales Parciales. El Decreto 46/2020, de 24 de marzo, que regula los procedimientos de aprobación de los planes de ordenación del territorio y de los instrumentos de ordenación urbanística, establece los principios generales de tramitación, incluida su integración con el procedimiento de evaluación ambiental estratégica y, en particular, el principio de participación ciudadana e informaci

Publicación oficial en euskadi.eus

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