BOPV nº 90 · 2026-05-15 · Cultura y Política Lingüística
ORDEN de 5 de mayo de 2026, de la vicepresidenta primera del Gobierno y consejera de Cultura y Política Lingüística, por la que se regulan y convocan los Premios Euskadi de Literatura, en el ejercicio 2026.
De conformidad al Decreto 18/2024, de 23 de junio, del lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, corresponden al Departamento de Cultura y Política Lingüística las funciones y áreas de actuación relativas a actividades artísticas y culturales y su difusión. Las referidas funciones se atribuyen en el seno del Departamento de Cultura y Política Lingüística, y a través del Decreto 389/2024, de 26 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Cultura y Política Lingüística, a la Dirección de Promoción Cultural e Industrias Culturales y Creativas. Los premios Euskadi de literatura, en sus diferentes modalidades, premian la calidad de obras literarias publicadas el año anterior, promocionando así la creación de personas escritoras, traductoras e ilustradoras en el ámbito de la expresión literaria. Estos premios, convocados anualmente, permiten la divulgación de las obras premiadas y facilita, de este modo, el conocimiento de los autores y autoras, así como del resto de su producción literaria. La repercusión y trascendencia lograda en el sector del libro y la literatura han convertido a estos premios en uno de los instrumentos más idóneos para la promoción y difusión de la literatura vasca. Entre los cometidos que corresponden al Departamento de Cultura y Política Lingüística se encuentra el fomento de actividades que propicien la creación literaria. Por lo tanto, en cumplimiento de sus funciones, el Departamento cree procedente regular y convocar los premios literarios Euskadi en sus diferentes modalidades. En su virtud, RESUELVO : Artículo único Aprobar las bases reguladoras contenidas en el anexo de la presente Orden y convocar los Premios Euskadi de literatura en el ejercicio 2026. DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición, ante la vicepresidenta primera del Gobierno y consejera de Cultura y Política Lingüística, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA La presente Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 5 de mayo de 2026. La vicepresidenta primera del Gobierno y consejera de Cultura y Política Lingüística, IBONE BENGOETXEA OTAOLEA. ANEXO BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE LOS PREMIOS Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Orden regular y convocar los premios Euskadi de literatura, en sus siete modalidades: a) Literatura en euskera. b) Literatura en castellano. c) Literatura infantil y juvenil en euskera. d) Tr