BOPV nº 92 · 2026-05-19 · Educación

RESOLUCIÓN de 7 de mayo de 2026, del director de Gestión de Personal, por la que se reconoce el abono de la compensación a la disponibilidad y movilidad de personal sustituto que haya prestado servicios durante el curso 2025-2026.

Esta Dirección de Gestión de Personal, dentro de las competencias que tiene atribuidas, lleva anualmente a cabo, la liquidación del periodo vacacional del profesorado sustituto que ha prestado servicios durante el curso escolar para este Departamento de Educación. De conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Acuerdo Regulador de las Condiciones de Trabajo del Personal Funcionario Docente no Universitario de la Comunidad Autónoma de Euskadi, regulado por el Decreto 252/2025, de 30 de diciembre, toda persona funcionaria sustituta que haya prestado servicios en un curso escolar durante un período de al menos 165 días naturales, haya estado en situación de disponible en los periodos en los que no hubiera estado ocupado y no haya renunciado a una adjudicación sin causa justificada percibirá las retribuciones íntegras de los meses de julio y agosto, así como las cotizaciones a la Seguridad Social, puntuación en la lista de candidatos y antigüedad correspondientes a dichos periodos. Mediante esta Resolución se pretende poner en conocimiento del personal funcionario sustituto los derechos generados como consecuencia de los diferentes nombramientos que hayan podido suscribir durante el curso escolar 2025-2026. Asimismo, se pretende poner en conocimiento que estos reconocimientos pueden conllevar, en el caso de determinado personal, la observancia de algunas obligaciones. En virtud de cuanto antecede y de conformidad con las competencias que me han sido conferidas RESUELVO : Primero Reconocer al personal funcionario sustituto que haya prestado servicios durante el curso escolar 2025-2026 por un periodo igual o superior a 165 días, haya estado en situación de disponible en los periodos en los que no hubiera estado ocupado y no haya renunciado a una adjudicación sin causa justificada, el derecho al abono de las retribuciones íntegras de los meses de julio y agosto, así como las cotizaciones a la Seguridad Social, puntuación en la lista de candidatos y antigüedad correspondientes a dichos periodo en proporción al tiempo de servicios prestados por cuerpo, nivel y dedicación. Segundo Reconocer al personal que aun habiendo prestado servicios por un periodo igual o superior a 165 días durante el curso 2025-2026 no cumpla el resto de condiciones y al personal que haya prestado servicios durante el curso escolar 2025-2026 por un periodo inferior a 165 días, al que no le resulta aplicable lo establecido en el artículo 19 del Acuerdo Regulador de las Condiciones de Trabajo del Personal Funcionario Docente no Universitario, el derecho al nombramiento de verano que corresponda por los días de vacaciones generados y no disfrutados en el curso escolar 2025-2026, en proporción al tiempo de servicios prestados por cuerpo, nivel y dedicación. La vigencia de los nombramientos será la correspondiente conforme a los servicios prestados a lo largo del curso escolar. El nombramiento dará derecho a las cotizaciones a la Seguridad Social, puntuación en a lista de candid

Publicación oficial en euskadi.eus

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