BOPV nº 95 · 2026-05-22 · Cultura y Política Lingüística

ORDEN de 5 de mayo de 2026, de la vicepresidenta primera del Gobierno y consejera de Cultura y Política Lingüística, por la que se regula y convoca el régimen de concesión de subvenciones, en el ejercicio 2026, para actividades musicales profesionales.

De conformidad con el artículo 6 del Decreto 18/2024, de 23 de junio, del lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de sus funciones y áreas de actuación, corresponden al Departamento de Cultura y Política Lingüística, entre otras, las competencias relativas a las actividades artísticas y culturales y su difusión. Por su parte, tal como determina el artículo 12 del Decreto 389/2024, de 26 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Cultura y Política Lingüística, corresponde a la Dirección de Promoción Cultural e Industrias Culturales y Creativas el ejercicio de las funciones establecidas en el artículo 6 de este Decreto en las áreas de música, artes escénicas, libro, audiovisual, artes visuales e industrias culturales y creativas. Dicha Dirección, en el marco de su ámbito competencial, estima oportuna apoyar la actividad musical profesional mediante la concesión de subvenciones a proyectos de producción, promoción y difusión musical; para ello se contemplan las siguientes modalidades de ayudas: edición de partituras, producción musical y desarrollo sectorial. Por otra parte, a través de la modalidad del circuito Zuzen-Zuzenean se desea reconocer la implicación de salas musicales en el panorama de la escena musical local e incentivar en ellas la presencia de formaciones musicales locales. Asimismo, a través de la modalidad de ciclos musicales se desea estimular una oferta de programación estilística variada y estable. Con todo ello se pretende potenciar toda la cadena de valor, desde la creación hasta la exhibición y el consumo, apoyando el trabajo de los músicos y la estabilidad de las empresas y la programación, no solo desde el punto de vista cultural, sino también comercial, con objeto de que las personas profesionales de la música vean reconocida su labor y puedan ampliar mercados, creando y fidelizando nuevos públicos e incrementando la financiación y viabilidad de la actividad musical del país. La presente Orden está incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Cultura y Política Lingüística para el período 2025-2028 aprobado por Orden de 27 de febrero de 2025, de la vicepresidenta primera del Gobierno y consejera de Cultura y Política Lingüística, y publicados en la web del citado Departamento. En virtud de ello, RESUELVO : Artículo único Aprobar las bases reguladoras contenidas en el anexo de la presente Orden y convocar las subvenciones destinadas a actividades musicales profesionales en el año 2026. DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición, ante la vicepresidenta primera del Gobierno y consejera de Cultura y Política Lingüística, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Ju

Publicación oficial en euskadi.eus

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