BOPV nº 105 · 2026-06-05 · Economía, Trabajo y Empleo

RESOLUCIÓN de 14 de abril de 2026, de la directora de Trabajo y Seguridad Social, por la que se dispone el registro, publicación y depósito del Convenio Laboral de empresas de la Asociación de Ikastolas del País Vasco (n.º de convenio: 86100063012016).

ANTECEDENTES DE HECHO Primero El 7 de marzo de 2026, se ha presentado en REGCON la documentación referida al convenio antes citado. Segundo Los firmantes del citado Convenio designan a la persona que va a realizar la solicitud de trámite para el registro, depósito y publicación del mismo. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero El Decreto 18/2024, de 23 de junio, del lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, en su artículo 2 crea el Departamento de Economía, Trabajo y Empleo, y en su artículo 7 recoge entre las funciones de este Departamento la ejecución de la legislación laboral en materia de relaciones laborales. Dentro del Departamento citado, la Dirección de Trabajo y Seguridad Social es el órgano competente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 13.1.i) del Decreto 232/2024, de 5 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Economía, Trabajo y Empleo, para dirigir y gestionar el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo y de Planes de Igualdad del País Vasco. Segundo La normativa sustantiva aplicable en presente procedimiento es la recogida en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y en el Decreto 9/2011, de 25 de enero, del registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y de planes de igualdad del País Vasco. Tercero El acuerdo presentado es un acto inscribible de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.a) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y ha sido suscrito de conformidad con los requisitos de los artículos 85, 88, 89 y 90 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Examinada la solicitud de inscripción y la documentación adjunta, se constata que la misma reúne todos los requisitos legales, por lo que, de conformidad con lo previsto en el artículo 9 del Decreto 9/2011, de 25 de enero, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del País Vasco, RESUELVO : Primero Ordenar su inscripción y depósito en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad del País Vasco, con notificación a las partes. Segundo Proceder a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 14 de abril de 2026. La directora de Trabajo y Seguridad Social, MARÍA VICTORIA PORTUGAL LLORENTE. CONVENIO DE EMPRESA DE LA FEDERACIÓN DE IKASTOLAS DE EUSKAL HERRIA AÑOS 2024, 2025 Y 2026 CAPÍTULO 1 ÁMBITOS Y VIGENCIA DEL CONVENIO Artículo 1 Ámbito temporal. El presente convenio regulará las relaciones laborales entre la Asociación Cooperativa Europea Euskal Herriko Ikastolak (EHI) y otras empresas titularidad del Gr

Publicación oficial en euskadi.eus

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