BOPV nº 108 · 2026-06-10 · Instituto Vasco de la Mujer
RESOLUCIÓN de 26 de mayo de 2026, de la directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se regulan las bases y se convoca la concesión de subvenciones a organizaciones, asociaciones y fundaciones que impulsen y promuevan actividades de sensibilización y/o de prevención de comportamientos violentos contra las mujeres, durante el año 2026.
La violencia contra las mujeres constituye una violación de los derechos humanos y de las libertades fundamentales de las mujeres, lo que impide la participación plena de estas en la sociedad, así como la realización de su potencial como seres humanos. La magnitud e invisibilización de la violencia contra las mujeres se refuerzan mutuamente y se apoyan tanto en la existencia de un importante nivel de tolerancia social hacia la misma, como en la pervivencia de valores y actitudes que soportan los comportamientos violentos. La consecución de la igualdad de mujeres y hombres y la erradicación de la violencia contra las mujeres se deben plasmar en la modificación de ciertas conductas sociales, lo cual no se producirá si no va acompañado de un cambio de valores, actitudes y creencias. En términos generales, el cambio de valores se sitúa en la conciencia colectiva, en la mirada crítica sobre los roles y estereotipos de género, así como en la promoción de personas proactivas en igualdad tanto en la etapa adulta como en la educación a la infancia y la adolescencia. Para ello, es necesario trabajar tanto en la información y sensibilización de la ciudadanía sobre las desigualdades de género y sus consecuencias, como en las medidas para la consecución de una igualdad real y efectiva en todas las esferas de la vida personal, social, familiar y laboral. En este sentido, resulta fundamental continuar con las acciones de sensibilización, información y formación que visibilicen aún más los distintos tipos de violencia contra las mujeres y la expliquen a partir de esa situación de desigualdad y discriminación sufrida por las mujeres, promoviendo su prevención. A este fin, se requiere una respuesta integral y multidisciplinar frente a la violencia contra las mujeres en la que se aúnen, de forma coordinada, las actuaciones de todos los agentes sociales. Los programas puestos en marcha para la sensibilización y prevención de comportamientos violentos en materia de violencia contra las mujeres se llevan a cabo no solo desde instituciones públicas, sino también desde organizaciones y asociaciones sin ánimo de lucro que desarrollan sus actividades en este ámbito. Por ello, resulta oportuno apoyar a aquellas entidades que pongan en marcha proyectos, programas, acciones o estrategias que conduzcan a generar actitudes para la sensibilización y prevención de esta violencia. Además, el artículo 27.3 del texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres aprobado por el Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, establece que las administraciones públicas vascas apoyarán a las asociaciones y organizaciones que lleven a cabo actividades dirigidas a la consecución de los fines previstos en la presente ley y promoverán vías de colaboración público-privada con dichas entidades a fin de favorecer el empoderamiento de las mujeres y propiciar espacios para la detección de casos de violencia machista contra las mu