BOPV nº 109 · 2026-06-11 · Justicia y Derechos Humanos
RESOLUCIÓN de 29 de mayo de 2026, del director de Justicia, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, que tengan por objeto proyectos comunitarios de resocialización y atención social de personas privadas de libertad dependientes de los centros penitenciarios vascos, así como de apoyo en la ejecución de penas y tratamiento de personas penadas en medio penitenciario, abierto y comunitario, para los ejercicios 2026-2027.
ANTECEDENTES DE HECHO Primero Mediante Orden de 17 de diciembre de 2025, de la consejera de Justicia y Derechos Humanos, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 202, de 16 de enero de 2026, se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, que tengan por objeto proyectos comunitarios de resocialización y atención social de personas privadas de libertad dependientes de los centros penitenciarios vascos, así como de apoyo en la ejecución de penas y tratamiento de personas penadas en medio penitenciario, abierto y comunitario para los ejercicios 2026 y 2027. Segundo Tras el análisis de las solicitudes presentadas, y de conformidad con lo previsto en el artículo 20 de la Orden de convocatoria, la Dirección de Justicia-órgano gestor del procedimiento de concesión formuló propuesta de resolución provisional, que fue notificada a las entidades interesadas, concediéndose un plazo de diez (10) días hábiles para presentar alegaciones o reformular proyectos. Tercero Una vez dichas alegaciones y consultas han sido examinadas por esta Dirección, se procede a formular resolución definitiva de concesión o denegación de las subvenciones correspondientes. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Orden de 17 de diciembre de 2025, de la consejera de Justicia y Derechos Humanos, por la que se convocan las subvenciones que tengan por objeto proyectos comunitarios de resocialización y atención social de personas privadas de libertad dependientes de los centros penitenciarios vascos, así como de apoyo en la ejecución de penas y tratamiento de personas penadas en medio penitenciario, abierto y comunitario, el titular de la Dirección de Justicia es el órgano gestor competente para dictar la resolución definitiva en la que se determinará la persona solicitante o la relación de solicitantes para quienes se propone la concesión de la subvención, y su cuantía, especificando, en su caso, su evaluación y los criterios de valoración seguidos para efectuarla. Segundo El artículo 18 de la Orden de convocatoria establece los criterios conforme a los cuales han de valorarse las solicitudes presentadas y dispone que la concesión de la subvención requerirá que, de acuerdo con los referidos criterios, la solicitud supere la puntuación mínima de 60 puntos. En el presente caso, la comisión de valoración entiende que los proyectos con número de expediente 55, 2, 25, 14, 32, 3, 5, 65, 6, 15, 31, 69, 66, 71, 9, 24, 63, 10, 33 de la serie ISL-2026 no han alcanzado los 60 puntos, y por lo tanto sus solicitudes deberán ser desestimadas. Tercero El artículo 16.1, señala que, la comisión de valoración, con anterioridad a la propuesta de resolución de concesión y/o denegación de las solicitudes, podrá proceder a la determinación del presupuesto subvencionable de los proyectos que sean de interés parcial y no total, o si se considerara que contienen gastos no sub