BOPV nº 113 · 2026-06-17 · Cultura y Política Lingüística

ORDEN de 9 de junio de 2026, de la vicepresidenta primera del Gobierno y consejera de Cultura y Política Lingüística, por la que se convoca la concesión de subvenciones y se aprueban las bases para convocatoria de dichas ayudas, en el ejercicio 2026, a espacios culturales independientes que apoyen y fomenten la creación artística cultural (Sorgune).

De conformidad con el artículo 6 del Decreto 18/2024, de 23 de febrero, del lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, corresponden al Departamento de Cultura y Política Lingüística, entre otras, las competencias relativas a las actividades artísticas y culturales y su promoción y difusión. Dichas funciones están atribuidas a la Dirección de Promoción Cultural e Industrias Culturales y Creativas a través del Decreto 389/2024, de 26 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Cultura y Política Lingüística. Dicha Dirección de Promoción Cultural e Industrias Culturales y Creativas estima oportuna arbitrar una línea específica de apoyo a las estructuras y a los modos de creación cultural y práctica artística que ponen en el centro el desarrollo del talento, la investigación, la experimentación y el encuentro entre disciplinas. Asimismo, se busca dar soporte a equipamientos dedicados a la atención, el acompañamiento y el impulso a la creación, así como a la innovación artística o de gestión, con el fin de favorecer el surgimiento de nuevos talentos, propuestas artísticas y prácticas creativas que contribuyan a la renovación y diversificación de los modos de creación de contenidos culturales, a la aparición de nuevas prácticas artísticas singulares y a la consolidación de lenguajes artísticos propios. En definitiva, la presente convocatoria de subvenciones se dirige a promover espacios especializados en la creación artística y de un ámbito creativo-productivo basado en la interdisciplinariedad, la cooperación y el intercambio entre agentes, sustentado en la creatividad individual y colectiva, en las habilidades y el talento, y en la circulación de ideas y capacidades dentro de un sistema cultural vivo y plural que fortalezca el tejido artístico, trabaje en red y consolide un sistema cultural que garantice el ejercicio efectivo de los derechos culturales en la Comunidad Autónoma de Euskadi. Esta línea de ayudas se recoge tanto en el Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2028, como en el Plan Anual de Subvenciones 2026 aprobado mediante Orden de 17 de febrero de 2026, de la vicepresidenta primera del Gobierno y consejera de Cultura y Política Lingüística, ambos publicados en la web del Departamento. Conforme al Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión Europea, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, este régimen de ayudas se halla exento de notificación a la Comisión Europea y es compatible con el mercado interior con arreglo al artículo 107, apartado 3 del Tratado, al cumplir todos los requisitos del artículo 53 y del Capítulo I del citado Reglamento 651/2014. En su virtud, RESUELVO : Artículo único Aprobar, en los t

Publicación oficial en euskadi.eus

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