BOPV nº 114 · 2026-06-18 · Ciencia, Universidades e Innovación

ORDEN de 9 de junio de 2026, del consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, por la que se procede a la aprobación de las bases reguladoras y a la convocatoria del programa de ayudas nuevas y renovaciones para el Programa Predoctoral de Formación de Personal Investigador no Doctor correspondiente al curso 2026-2027.

En la Carta Europea del Investigador (EEE/2005/251/CE) se define personal investigador como el conjunto de profesionales que trabajan en la generación de nuevos saberes, conocimientos, productos, procesos, métodos y técnicas. Esta definición incluye a todas las personas que participan profesionalmente en el ámbito de la investigación y el desarrollo en cualquier etapa de su carrera, independientemente de su calificación. Así pues, el estímulo de las actividades de investigación mediante la contratación de personal investigador en las etapas iniciales de su periodo formativo representa otro paso de la Política Científica del Gobierno Vasco en esta materia. El Doctorado es la puerta de entrada en la carrera investigadora, que debe conducir al pleno desarrollo de la investigación en cualquier área de la ciencia. Este Programa Predoctoral de Formación de Personal Investigador no Doctor se integra en la política de potenciación de los recursos humanos dedicados a la investigación en el marco del Plan del Sistema Universitario 20232026 y del Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación Euskadi 2030 (PCTI 2030) del Gobierno Vasco, y tiene como propósito promover la formación específica de aquellas personas tituladas superiores que deseen orientar su actividad profesional hacia la investigación. Esta acción es muy relevante, ya que permite a Euskadi impulsar el talento especializado en investigación y promover la formación de una nueva generación de relevo en los ámbitos de la ciencia y la tecnología. Todo ello de acuerdo con la Recomendación de la Comisión de la Comunidad Europea relativa a la Carta Europea del Investigador y al Código de Conducta para la Contratación de Investigadores (EEE/2005/251/CE). La Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, Tecnología e Innovación (en adelante LCTI), modificada mediante la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, en su artículo 20, define las modalidades de contrato de trabajo de carácter laboral específicas del personal investigador y el régimen jurídico aplicable; y el artículo 21 configura la situación jurídica de los contratos de trabajo bajo la modalidad de contrato predoctoral, los requisitos de los contratos, la retribución, la dedicación y la duración del citado contrato. Así mismo, el Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación (en adelante EPIF), tiene por objeto desarrollar el régimen jurídico de la relación laboral establecida descrita en el párrafo anterior, así como la definición de la condición de personal investigador predoctoral en formación. Asimismo, en el marco del contrato predoctoral se podrá desarrollar un periodo de orientación postdoctoral, por un máximo de doce meses y una vez obtenido el título de doctor/a, orientado al perfeccionamiento y especialización profesional del personal investigador, todo ello conforme a la nueva redacción dada al artículo 21.a) de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y

Publicación oficial en euskadi.eus

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