BOPV nº 115 · 2026-06-19 · Bienestar, Juventud y Reto Demográfico
DECRETO 82/2026, de 26 de mayo, por el que se regula la composición y el funcionamiento del Consejo Interreligioso Vasco.
El artículo 15 de la Ley 8/2023, de 29 de junio, de lugares o centros de culto y diversidad religiosa en la Comunidad Autónoma del País Vasco establece la creación del Consejo Interreligioso Vasco, como órgano de diálogo y colaboración institucional con las diferentes confesiones y comunidades religiosas, con el objetivo de preservar y promover una convivencia interreligiosa e intercultural basada en el respeto al pluralismo religioso y a los derechos y deberes de todas sus expresiones. A su vez, el apartado 4 del mismo artículo señala que la composición, funciones y normas de funcionamiento del Consejo Interreligioso Vasco se determinarán por decreto del Gobierno Vasco. Este decreto tiene por objeto dar cumplimiento a la mencionada ley en lo que se refiere a la creación y regulación del Consejo Interreligioso Vasco como un órgano consultivo para el asesoramiento e informe en aquellas iniciativas o decisiones de las instituciones vascas y de las iglesias, confesiones y comunidades religiosas de la Comunidad Autónoma del País Vasco que puedan afectar de forma específica al ejercicio de la libertad religiosa y de culto. El Consejo Interreligioso Vasco se plantea como un dinamizador de la gestión positiva de la diversidad religiosa en Euskadi y como un espacio de diálogo entre instituciones públicas, confesiones religiosas y sociedad civil, para promover diagnósticos y proponer actuaciones para la protección y promoción de la pluralidad social y religiosa vasca. Todo ello a partir de un concepto de ciudadanía cívica responsable e inclusiva que permita a todos los ciudadanos el ejercicio de todos sus derechos fundamentales con independencia de su identidad cultural o adscripción religiosa o laica. La libertad de religión no es solamente un derecho fundamental ampliamente reconocido, sino también un pilar básico para la organización de una sociedad plural y respetuosa con la diversidad de creencias, culturas y formas de vida. Su libre ejercicio afecta a su vez a la puesta en práctica de otros derechos fundamentales de la ciudadanía, lo que justifica la creación de un espacio oficial de diálogo en el que puedan participar 12 representantes de las diferentes confesiones y creencias que conviven hoy en el seno de la sociedad vasca. Aunque durante siglos la religión cristiana católica ha ostentado un papel mayoritario en la sociedad vasca, lo cierto es que esta siempre fue plural desde el punto de vista religioso. Esta pluralidad se ha visto incrementada sustancialmente durante las últimas décadas, por un lado, como fruto de los movimientos recientes de población y, por otro lado, como consecuencia de las transformaciones sociales que han avanzado en la secularización y en la diversificación de creencias y pertenencias religiosas o espirituales. Esta diversidad es un hecho de creciente relevancia social, y un fenómeno irreversible, lo que hace necesaria una adecuada gestión pública de la misma. El artículo 18 de la Declaración Universal de los Derechos Hu