BOPV nº 118 · 2026-06-24 · IVAP

RESOLUCIÓN de 8 de junio de 2026, de la directora del Instituto Vasco de Administración Pública, por la que se establece la convocatoria para la acreditación del perfil lingüístico mediante el uso del euskera en el puesto de trabajo.

En 2024 se publicó el Decreto 19/2024 de 22 de febrero, de normalización del uso del euskera en el Sector Público Vasco (en adelante, Decreto 19/2024). La sección segunda del capítulo tercero del citado decreto establece dos nuevos sistemas de acreditación y evaluación del conocimiento del euskera en los artículos 28 y 29. Es el artículo 29 el que posibilita la evaluación del conocimiento del euskera a través del uso de dicho idioma en el puesto de trabajo, a fin de acreditar los perfiles lingüísticos (en adelante, PL). Asimismo, para el desarrollo de dicho sistema de acreditación se dictó la Orden de 4 de noviembre de 2025 (en adelante, Orden) de la vicepresidenta primera del Gobierno y consejera de Cultura y Política Lingüística. El artículo 5 de dicha Orden añadió una serie de precisiones a lo dispuesto en el Decreto 19/2024. En dicho artículo se recogen, por tanto, los requisitos y efectos básicos de este sistema: El PL de su puesto de trabajo debe tener fecha de preceptividad. La persona trabajadora deberá tener al menos un año de actividad en su puesto de trabajo. Solamente podrá utilizar este sistema una vez cada dos años. El año que lo utilice no podrá presentarse a las convocatorias ordinarias del IVAP de ese año. Teniendo en cuenta la normativa citada, el Área de Evaluación del IVAP ha elaborado el procedimiento para la ejecución del sistema establecido por el artículo 29 del Decreto 19/2024. Por lo tanto, RESUELVO : Artículo único Aprobar las bases reguladoras del sistema de acreditación del perfil lingüístico a través del uso del euskera en el puesto de trabajo y proceder a su convocatoria. DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, de conformidad con el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En Vitoria-Gasteiz, a 8 de junio de 2026. La directora del Instituto Vasco de Administración Pública, LEIRE CORRALES GOTI. BASES REGULADORAS DEL PROCEDIMIENTO PARA LA ACREDITACIÓN DEL PERFIL LINGÜÍSTICO DE EUSKERA EN EL PUESTO DE TRABAJO Base 1. Objeto de la convocatoria. Las presentes bases tienen por objeto desarrollar un procedimiento de evaluación y acreditación del conocimiento del euskera para la acreditación del cumplimiento de los perfiles lingüísticos asignados a los puestos de trabajo en las entidades del sector público vasco. Este sistema permite la acreditación del perfil lingüístico mediante la utilización del euskera en el puesto de trabajo. Base 2. Ámbito subjetivo de aplicación. Este sistema abarca el ámbito de aplicación definido en los artículos 2 y 3 del Decreto 19/2024. Las administraciones públicas y entidades que integran el sector público vasco, para la acreditación de los perfiles lingüísticos de

Publicación oficial en euskadi.eus

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