BOPV nº 123 · 2026-07-01 · Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo

RESOLUCIÓN de 24 de junio de 2026, del director general de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo, por la que se procede a la publicación de las bases generales por las que se establece el procedimiento voluntario de integración a la plantilla laboral de Lanbide del personal funcionario de carrera y se establecen medidas adicionales de reorganización de la plantilla en los puestos de la nueva RPT.

El Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo ha adoptado en su sesión de 24 de junio de 2026 el Acuerdo por el que se aprueban las bases generales por las que se establece el procedimiento voluntario de integración a la plantilla laboral de Lanbide del personal funcionario de carrera y se establecen medidas adicionales de reorganización de la plantilla en los puestos de la nueva RPT. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2.n) de esos mismos estatutos, corresponde al director general de este ente público de derecho privado proceder a su publicación. Por lo expuesto, RESUELVO : Primero Ordenar la publicación en el Boletín oficial del País Vasco de las bases generales por las que se establece el procedimiento voluntario de integración a la plantilla laboral de Lanbide del personal funcionario de carrera y se establecen medidas adicionales de reorganización de la plantilla en los puestos de la nueva RPT, aprobadas por Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo, el 24 de junio de 2026 y, recogidas como anexo a esta resolución. Segundo Hacer saber que contra el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo, adoptado el 24 de junio de 2026, podrá interponerse recurso de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a dicha publicación. Tercero Informar que la presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 24 de junio de 2026. El director general de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo, FRANCISCO PEDRAZA MORENO. ANEXO BASES GENERALES POR LAS QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE INTEGRACIÓN VOLUNTARIA A LA PLANTILLA LABORAL DE LANBIDE DEL PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA Y MEDIDAS ADICIONALES DE REORGANIZACIÓN DE LA PLANTILLA EN LOS PUESTOS DE LA NUEVA RPT La disposición adicional quinta de la Ley 15/2023, de Empleo Vasca (LEV) aprueba la transformación del organismo autónomo de carácter administrativo Lanbide-Servicio Vasco de Empleo en el ente público de derecho privado Lanbide (en adelante Lanbide), adscrito al departamento del Gobierno Vasco competente en materia de empleo, conservando su personalidad jurídica, conforme a lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2022, de 12 de mayo, del Sector Público Vasco. La transformación de Lanbide en ente público de derecho privado obedece a la necesidad de proporcionar a esta organización mayor agilidad y flexibilidad en la gestión general de procesos y actividades y, en particular, la gestión de las políticas activas de empleo, permitiendo su adaptación a las demandas de un mercado laboral en permanente transformación y

Publicación oficial en euskadi.eus

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