BOPV nº 128 · 2026-07-08 · Educación

ORDEN de 30 de junio de 2026, de la consejera de Educación, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la realización de actividades referidas al aprendizaje a lo largo de la vida y su convocatoria para el año 2026.

La Ley 4/2018, de 28 de junio, de Formación Profesional del País Vasco integra los fines establecidos en la Ley 1/2013, de 10 de octubre, de Aprendizaje a lo Largo de la Vida que, en su artículo 4 establece los siguientes: a) Garantizar a toda la ciudadanía vasca el acceso universal, y en condiciones de igualdad, al aprendizaje a lo largo de la vida y a la adquisición de las competencias básicas que precisa para su desarrollo personal y para la inclusión e integración social. b) Impulsar la actualización de los conocimientos y la mejora de las competencias profesionales de la población vasca, como mejor garantía de empleabilidad y de progreso en su bienestar social y económico. c) Promover una sólida cultura del aprendizaje a lo largo de la vida en la ciudadanía, difundiendo la importancia que tiene el aprendizaje permanente y motivando a las personas para que configuren sus trayectorias de formación adaptadas a sus necesidades e intereses personales. d) Impulsar una oferta global de aprendizaje para las personas mayores que deseen cultivar y ampliar sus conocimientos. Asimismo, la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, y el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, establecen el marco estatal que refuerza la necesidad de impulsar políticas activas de aprendizaje a lo largo de la vida, en coherencia con los principios de formación continua y empleabilidad. La necesidad de que esta Orden recoja como subvencionables aquellas actividades de aprendizaje realizadas a lo largo de la vida en cualquier ámbito del conocimiento tiene su justificación en un contexto de cambio estructural y de evolución hacia una economía basada en el conocimiento, donde cada vez es más importante que la población adquiera unos niveles adecuados, variados y apropiados de conocimiento, aptitudes y competencias. La mejora de las competencias y habilidades de las personas tiene un impacto positivo en el rendimiento económico de la región y en la propia cohesión social, contribuyendo a la empleabilidad de las personas y a su vertiente de ciudadanía activa. Esta línea de subvención está recogida en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Educación para el año 2026 aprobado por Orden de 24 de febrero de 2026, de la consejera de Educación y publicada en la web https://www.euskadi.eus del Departamento de Educación. En los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2026, aprobados por la Ley 7/2025, de 23 de diciembre, existe crédito suficiente para la concesión de las ayudas a que se refiere esta orden. RESUELVO : Artículo único La presente Orden aprueba las bases reguladoras de las ayudas para la realización de actividades referidas al aprendizaje a lo largo de la vida que figuran en el anexo, y su convocatoria para el año 2026. DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA . Recursos. Contra la presente Orden podrá interpone

Publicación oficial en euskadi.eus

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